Me empeñaré en defender al Magisterio y a su
carrera pública.
Existe una conjura del Poder Ejecutivo contra
sus derechos adquiridos, lo cual es una posición reaccionaria, además de inconstitucional,
impropia de un sistema que se jacta de democrático.
Resumiré brevemente el afer. El artículo 48°
de la actual Ley del Profesorado consagra el derecho de los miembros del
Magisterio apercibir una bonificación especial mensual por preparación de clases
y evaluación equivalente al treinta por ciento de su remuneración total.
Este beneficio ha sido consagrado por
uniformes sentencias del Tribunal Constitucional. Sin embargo, el artículo 51°
del Proyecto de Ley de Carrera Magisterial señala que la remuneración del
maestro tendría carácter íntegro y respondería a su nivel profesoral y jornada
de trabajo; comprendería los tiempos de docencia en el aula, preparación de clase
y evaluación, actividades extracurriculares complementarias, de proyección
social y de apoyo al desarrollo de la institución educativa.
Enfatizo que la única posibilidad de que esta
última disposición citada del proyecto no se torne inconstitucional –en la
hipótesis de violar el principio de progresividad de los derechos laborales-,
consiste en que se interprete en el sentido que la remuneración de los actuales
miembros del Magisterio tengan por remuneración íntegra un equivalente a
aquella que actualmente perciben, sumando la bonificación especial a que se
refiere el artículo 48° de la citada Ley de Profesorado. Si en la práctica
sucediese lo contrario e implicase un recorte salarial, es indudable que tal
disposición –mejor dicho, su aplicación- sería un contrafuero inconstitucional.
Las conquistas laborales del Magisterio son
irrevocables. Importaría una aplicación retroactiva en perjuicio de los
derechos laborales de quienes ya ejercen el profesorado. El Perú, necesita para
salvarse de maestros, de gentes preparadas cívicamente para educar. No podemos
expoliarlos.
Javier Valle Riestra
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